Colegio de Ópticos de la Provincia de Buenos Aires – COPBA

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Ofertas laborales - Solicitud de Clasificado

Por favor complete el formulario para que podamos ponernos en contacto y publicar el clasificado correspondiente en nuestra Web

Formulario de Clasificado para Bolsa de Trabajo

Redactá el aviso del modo en que desees que sea publicado en la bolsa de trabajo
La Bolsa de Trabajo es un servicio que brinda el COPBA, a sus matriculados y a las casas de óptica, a los fines de favorecer la búsqueda de profesionales ópticos aptos para prestar tareas en establecimientos habilitados por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, y que se rige por las siguientes normas:



  1. Ante una solicitud de publicación de una oferta o de una demanda de servicios profesionales, el COPBA previo a su publicación verificará que la casa de óptica se encuentre habilitada en la Provincia de Buenos Aires y el profesional óptico matriculado.



  2. En el caso de que se trate de un profesional óptico no matriculado, se verificará previamente que se encuentre en condiciones de ser matriculado, y deberá expresar el aspirante con carácter de declaración jurada, su voluntad de matricularse en caso de ser seleccionado por la casa de óptica.


  3. Una vez completada la verificación, el profesional y/o la casa de óptica deberán prestar conformidad para la publicación del requerimiento, que contendrá los siguientes datos:


    1. Del profesional óptico: nombre y apellido, edad, si posee especialidad y zona de prestación profesional.


    2. De la casa de óptica: nombre de fantasía y localidad de ubicación.




  4. En caso de que algún profesional óptico o una casa de óptica tengan interés en contactarse, el COPBA brindará a cada parte los datos de contacto de la otra, que deberán ser denunciados en la solicitud, y que podrán consistir en correo electrónico o línea telefónica, de lo que prestarán consentimiento también al momento de completarse la verificación previa.


  5. El COPBA solamente opera como intermediario a través de sus dispositivos de comunicación, y de contralor de las calidades de matriculado y de cada de óptica habilitada, sin poseer responsabilidad alguna en la relación que se genere entre las partes tanto si la oferta o la demanda es rechazada, como así también en caso de resultar positiva se acuerdan los términos de la relación laboral.
    La totalidad del contenido de la misma es responsabilidad exclusiva de las partes contratantes, no teniendo el COPBA ningún tipo de vinculación, y culminando su tarea en intermediar entre las partes interesadas para su contacto.



  6. La publicación se realizará por el lapso de treinta días, debiendo el solicitante a su vencimiento solicitar en forma expresa la continuación de la misma por el mismo lapso.



  7. Al momento de consentir la publicación en los dispositivos de comunicación del COPBA, ambas partes deben manifestar conocer y aceptar la presente Reglamentación.


    La Plata, 10 de Julio de 2023.